Si ya estamos más que acostumbrados a ver en televisión a personas de talento haciendo casting, ahora el Ayuntamiento de Madrid también se suma a esta tendencia.
El Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado las bases de la convocatoria pública por las que se administrará la obtención de la autorización que permitirá a los artistas actuar en las calles madrileñas.
Y claro, la polémica no se hizo esperar. Como ejemplo baste un boton. el tweet del músico Pablo Carbonell:
@Carbonellsg: Sra Botella: No entiendo que examinen a los músicos callejeros; en la calle no sobrevives si no sabes. No es como ser alca?
La cuestión es que los músicos que quieran tocar en las calles del Centro de Madrid pueden presentar desde mañana y hasta el día 30 de noviembre, su solicitud. Con ello, podrán participar en una “prueba de idoneidad” que según pase con éxito o no, le dará la autorización municipal para actuar en las calles.
El solicitante de dicha autorización deberá cumplimentar una solicitud que incluya la descripción del tipo de actuación musical, el número y la modalidad de instrumentos a utilizar, el número de integrantes y sus curriculums.
Tras la solicitud, los interesados tendrán que presentarse ante una Comisión de Idoneidad, compuesta por dos profesionales del ámbito musical y un personal del ayuntamiento de Madrid. El objetivo es “garantizar unos estándares mínimos de calidad”.
Los solicitantes realizarán una pequeña actuación frente a este “jurado”, que valorará que el candidato disponga de un nivel de interpretación personal “capaz de animar o entretener al público sin molestar a los vecinos o viandantes”. Una vez conseguida la autorización, ésta será personal e intransferible, teniendo una vigencia de 5 años.
La norma municipal dicta que las actuaciones no deberán superar los límites sonoros y que no está permitido el uso de elementos de percusión, amplificación o de reproducción sonora.
Las actuaciones no podrán realizarse en aquellas zonas declaradas de Contaminación Acústica en el Plan Zonal Específico de la Zona de Protección Acústica Especial del Distrito Centro. Además, si existen residencias de mayores, centros sanitarios o centros docentes en horario lectivo, la actuación deberá realizarse a una distancia mayor de 150 metros.
Los espacios en zonas residenciales deberán contar con una anchura mínima de 7 metros y no podrán coincidir dos actuaciones musicales en una distancia inferior a 75 metros lineales.
Los horarios para actuar estarán comprendidos entre las 10 de la mañana hasta las 10 de la noche, horario que varía en la época estival. La hora de corte se amplia hasta las 11 de la noche. Entre las tres y las cinco de la tarde, no estará permitido actuar.
Cada actuación en un lugar no podrá prolongarse por más de dos horas. Pasado ese tiempo, el músico deberá interrumpir su actuación un mínimo de 60 minutos o cambiar de zona, alejándose como mínimo unos 500 metros de su punto inicial de actuación.